ASe imputarán al período en que se perciban mediante autoliquidación complementaria que deberá presentar en el plazo que media entre la fecha en que se perciban y el final del siguiente plazo de declaración del impuesto.
BSe imputarán al período en que fueron exigibles mediante autoliquidación complementaria que deberá presentar en el plazo que media entre la fecha en que se perciban y el final del siguiente plazo de declaración del impuesto.
CSe imputarán al período en que fueron exigibles mediante autoliquidación complementaria que deberá presentar antes del día 20 de ese mes si se perciben en la primera quincena o antes del día 5 del mes siguiente si son percibidos en la segunda quincena de mes.
DSe imputarán al período en que se perciban mediante autoliquidación complementaria que deberá presentar antes del día 20 de ese mes si se perciben en la primera quincena o antes del día 5 del mes siguiente si son percibidos en la segunda quincena de mes.