AEl procedimiento de apremio será siempre preferente para la ejecución de los bienes o derechos embargados en el mismo, aunque el embargo acordado en el mismo se hubiera efectuado con posterioridad a la fecha de declaración del concurso.
BEl procedimiento de apremio será preferente para la ejecución de los bienes o derechos embargados en el mismo, siempre que el embargo acordado en el mismo se hubiera efectuado con anterioridad a la fecha de declaración del concurso.
CEl procedimiento de apremio será preferente para la ejecución de los bienes o derechos embargados en el mismo, siempre que el embargo acordado en el mismo se hubiera efectuado en la misma fecha
de declaración del concurso.
DEl procedimiento de apremio será preferente para la ejecución de los bienes o derechos embargados en el mismo, siempre que el embargo acordado en el mismo se hubiera efectuado con posterioridad
a la fecha de declaración del concurso.