Antes de la iniciación del procedimiento administrativo, el órgano competente para iniciar o instruir el procedimiento, de oficio o a instancia de parte, en los casos de urgencia inaplazable y para la protección provisional de los intereses implicados, podrá adoptar de forma motivada las medidas provisionales que resulten necesarias y proporcionadas. ¿Cuándo quedarán sin efecto, en todo caso, estas medidas provisionales?

Respuestas
  • ACuando sean objeto de recurso administrativo.
  • BSi, una vez iniciado el procedimiento, éste se paraliza por causa imputable al interesado.
  • CSi no se inicia el procedimiento en los quince días siguientes a su adopción o cuando el acuerdo de iniciación no contenga un pronunciamiento expreso acerca de las mismas.
  • DCuando puedan causar perjuicio de difícil o imposible reparación a los interesados o que impliquen violación de derechos amparados por las leyes.
Oposición
Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado, especialidad de Agentes de la Hacienda Pública
Bloque
Organización de la Hacienda Pública y Derecho Tributario
Tema
Tema 4.
Epígrafe
Derechos y garantías de los obligados tributarios. Los obligados tributarios. La capacidad de obrar en el orden tributario. Representación y domicilio fiscal. La prescripción.
Preguntada en la convocatoria de:
(2019-04-06 - OEP 2018) Examen Oficial Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado, especialidad de Agentes de la Hacienda Pública

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