Las reclamaciones y recursos económico-administrativos someten a conocimiento del órgano competente para su resolución:

Respuestas
  • AExclusivamente las cuestiones de hecho que ofrezca el expediente, hayan sido o no planteadas por los interesados, sin que en ningún caso pueda empeorar la situación inicial del reclamante.
  • BTodas las cuestiones de hecho y de derecho que ofrezca el expediente, hayan sido o no planteadas por los interesados, pudiendo en la resolución empeorarse la situación inicial del reclamante.
  • CExclusivamente las cuestiones de derecho que ofrezca el expediente, hayan sido o no planteadas por los interesados, sin que en ningún caso pueda empeorar la situación inicial del reclamante.
  • DTodas las cuestiones de hecho y de derecho que ofrezca el expediente, hayan sido o no planteadas por los interesados, sin que en ningún caso pueda empeorar la situación inicial del reclamante.
Oposición
Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado, especialidad de Agentes de la Hacienda Pública
Bloque
Organización de la Hacienda Pública y Derecho Tributario
Tema
Tema 16.
Epígrafe
La revisión de los actos de carácter tributario en vía administrativa. El recurso de reposición. Las reclamaciones económico-administrativas. Los Tribunales Económico-Administrativos.
Preguntada en la convocatoria de:
(2020-09-26 - OEP 2019) Examen Oficial Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado, especialidad de Agentes de la Hacienda Pública

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