¿Existe la posibilidad de que el Gobierno impugne ante el Tribunal Constitucional una disposición adoptada por una Comunidad Autónoma?:

Respuestas
  • ASi, pero dicha impugnación no producirá la suspensión de la disposición recurrida.
  • BSi, pero dicha impugnación sólo producirá la suspensión de la disposición recurrida si ésta afecta a la organización territorial del Estado o a los Derechos Fundamentales de los ciudadanos.
  • CSi. La impugnación producirá la suspensión de la disposición recurrida, pero el Tribunal, deberá ratificarla o levantarla en un plazo no superior a cinco meses.
  • DNo. No existe esa posibilidad, pues el gobierno no dispone de esa competencia.
Oposición
Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado, especialidad de Agentes de la Hacienda Pública
Bloque
Organización del Estado y funcionamiento de la Administración General del Estado
Tema
Tema 1.
Epígrafe
La Constitución Española de 1978: Estructura y contenido. Derechos y deberes fundamentales. Su garantía y suspensión. La Corona. El Tribunal Constitucional.
Preguntada en la convocatoria de:
(2020-09-26 - OEP 2019) Examen Oficial Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado, especialidad de Agentes de la Hacienda Pública

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