Con arreglo a lo dispuesto en el artículo 191 de la Ley 58/2003, General Tributaria, siendo la base de la sanción 4.000 euros, y concurriendo el criterio de calificación de anomalías sustanciales en la contabilidad y en los libros o registros establecidos por la normativa tributaria, la infracción tributaria por dejar de ingresar la deuda tributaria que debiera resultar de una autoliquidación se calificará como:

Respuestas
  • ALeve.
  • BGrave, siempre y cuando se produzca perjuicio económico a la Hacienda Pública.
  • CMuy grave.
  • DMuy grave, siempre que, además, el sujeto infractor sea reincidente.
Oposición
Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado, especialidad de Agentes de la Hacienda Pública
Bloque
Organización de la Hacienda Pública y Derecho Tributario
Tema
Tema 15.
Epígrafe
Infracciones y sanciones en materia tributaria. El delito fiscal. Las liquidaciones vinculadas a delitos contra la Hacienda Pública.
Preguntada en la convocatoria de:
(2021-09-25 - OEP 2020) Examen Oficial Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado, especialidad de Agentes de la Hacienda Pública

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