¿Cuándo deberá efectuarse el pago en plazo voluntario de una deuda de notificación colectiva y periódica, si no se ha establecido otro plazo en sus normas reguladoras, según el artículo 62 de la Ley 58/2003, General Tributaria?:

Respuestas
  • ADeberá efectuarse entre el día uno de septiembre y el 20 de noviembre o, si éste no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente.
  • BDeberá efectuarse entre el día uno de septiembre y el 30 de noviembre o, si éste no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente.
  • CDeberá efectuarse entre el día 15 de septiembre y el 20 de noviembre o, si éste no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente.
  • DDeberá efectuarse entre el día 15 de septiembre y el 30 de noviembre o, si éste no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente.
Oposición
Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado, especialidad de Agentes de la Hacienda Pública
Bloque
Organización de la Hacienda Pública y Derecho Tributario
Tema
Tema 11.
Epígrafe
La extinción de la deuda tributaria (I). Medios de extinción de la deuda. El pago o cumplimiento: forma, momento, plazos, imputación, consignación y medios de pago. Aplazamiento y fraccionamiento del pago: requisitos, tramitación, garantías, consecuencias del incumplimiento.
Preguntada en la convocatoria de:
(2021-09-25 - OEP 2020) Examen Oficial Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado, especialidad de Agentes de la Hacienda Pública

opojust.com usa cookies de analíticas anónimas, propias para su correcto funcionamiento y de publicidad. Nuestros socios (incluido Google) pueden almacenar, compartir y gestionar tus datos para ofrecer anuncios personalizados. Al hacer click en "Aceptar todas", aceptas el uso de todas las cookies. Si rechazas, solo usaremos las cookies necesarias para el funcionamiento básico de la web. Puedes saber más en nuestra página de privacidad y cookies.