Al Sr. Álvarez le ha sido notificada la providencia de apremio el día 28 de febrero, ¿cuál es el plazo para el pago de la deuda tributaria, según lo establecido en el artículo 62.5 de la Ley 58/2003, General Tributaria?:

Respuestas
  • ADesde la fecha de la recepción de la notificación hasta el 5 de marzo y, si éste no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente.
  • BDesde la fecha de la recepción de la notificación hasta el 22 de marzo, siendo el 20 y el 21 inhábiles.
  • CDesde la fecha de la recepción de la notificación hasta el 5 de abril y, si éste no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente.
  • DDesde la fecha de la recepción de la notificación hasta el 20 de abril y, si éste no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente.
Oposición
Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado, especialidad de Agentes de la Hacienda Pública
Bloque
Organización de la Hacienda Pública y Derecho Tributario
Tema
Tema 13.
Epígrafe
El procedimiento de recaudación en período voluntario. La recaudación en período ejecutivo. Inicio. Efectos. Recargos del período ejecutivo. Procedimiento de apremio: características, concurrencia y suspensión del procedimiento. Providencia de apremio: concepto, motivos de impugnación, plazos de ingreso. Las garantías de la deuda tributaria: tipos y ejecución de garantías.
Preguntada en la convocatoria de:
(2021-09-25 - OEP 2020) Examen Oficial Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado, especialidad de Agentes de la Hacienda Pública

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