Según el artículo 116 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, entre las causas de inadmisión de un recurso se encuentra la siguiente:

Respuestas
  • ANo haber transcurrido el plazo para la interposición del recurso.
  • BCarecer de legitimación el recurrente.
  • CTratarse de un acto susceptible de recurso.
  • DSer competente el órgano administrativo.
Oposición
Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado, especialidad de Agentes de la Hacienda Pública
Bloque
Organización de la Hacienda Pública y Derecho Tributario
Tema
Tema 16.
Epígrafe
La revisión de los actos de carácter tributario en vía administrativa. El recurso de reposición. Las reclamaciones económico-administrativas. Los Tribunales Económico-Administrativos.
Preguntada en la convocatoria de:
(2021-09-25 - OEP 2020) Examen Oficial Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado, especialidad de Agentes de la Hacienda Pública

Preguntas similares

1. Según el artículo 100.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, ¿cuál de los siguientes es un medio de ejecución forzosa?:
Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado, especialidad de Agentes de la Hacienda PúblicaVer detalles
  • ALa imposición inmediata.
  • BLa multa coercitiva.
  • CLa sanción personal.
  • DLa declaración de responsabilidad.
2. Según el artículo 122 de la Ley 39/2015, del procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en relación al recurso de alzada:
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  • AEl plazo máximo para dictar y notificar la resolución será de tres meses. Transcurrido este plazo sin que recaiga resolución, se podrá entender desestimado el recurso, salvo en el supuesto previsto en el artículo 24.1, tercer párrafo de la Ley.
  • BEl plazo máximo para dictar y notificar la resolución será de seis meses. Transcurrido este plazo sin que recaiga resolución, se podrá entender desestimado el recurso, salvo en el supuesto previsto en el artículo 24.1, tercer párrafo de la Ley.
  • CEl plazo máximo para dictar y notificar la resolución será de tres meses. Transcurrido este plazo sin que recaiga resolución, se podrá entender estimado el recurso, salvo en el supuesto previsto en el artículo 24.1, tercer párrafo de la Ley.
  • DEl plazo máximo para dictar y notificar la resolución será de seis meses. Transcurrido este plazo, se entenderá desestimado el recurso, aunque posteriormente recayese una resolución expresa estimatoria.
3. De conformidad con el artículo 116 de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, cual de las siguientes circunstancias NO es una causa de inadmisión de los recursos administrativos:
Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado, especialidad de Agentes de la Hacienda PúblicaVer detalles
  • ACarecer de legitimación el recurrente.
  • BHaber transcurrido el plazo para interponer el recurso.
  • CCarecer el recurso manifiestamente de fundamento.
  • DError o ausencia de la calificación del recurso por parte del recurrente, siempre que se deduzca su verdadero carácter.

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