Según el artículo 13 de la Ley 50/1997, del Gobierno, la suplencia de los Ministros, para el despacho ordinario de los asuntos de su competencia será determinada:

Respuestas
  • APor Real Decreto del Presidente del Gobierno, debiendo recaer, en todo caso, en otro miembro del Gobierno.
  • BPor Real Decreto del Presidente del Gobierno, no pudiendo recaer ésta, en ningún caso, en otro miembro del Gobierno.
  • CPor Orden del Consejo de Ministros, debiendo recaer en todo caso, en otro miembro del Gobierno.
  • DPor los propios Ministros, teniendo que recaer ésta, en un Subsecretario de Estado
Oposición
Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado, especialidad de Agentes de la Hacienda Pública
Bloque
Organización del Estado y funcionamiento de la Administración General del Estado
Tema
Tema 3.
Epígrafe
El Gobierno: Nombramiento y cese. Las funciones del Gobierno. La Administración Pública: Principios constitucionales informadores. La Administración central y periférica del Estado. Tipos de Entes Públicos.
Preguntada en la convocatoria de:
(2022-05-28 - OEP 2021) Examen Oficial Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado, especialidad de Agentes de la Hacienda Pública

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