Según el artículo 73.1 del Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Aplicación de los Tributos, el órgano competente de la Administración tributaria deberá expedir el certificado tributario en el plazo de:

Respuestas
  • A5 días, salvo que en la normativa reguladora del certificado se haya fijado un plazo distinto.
  • B15 días, salvo que en la normativa reguladora del certificado se haya fijado un plazo distinto.
  • C20 días, salvo que en la normativa reguladora del certificado se haya fijado un plazo distinto.
  • D10 días, salvo que en la normativa reguladora del certificado se haya fijado un plazo distinto.
Oposición
Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado, especialidad de Agentes de la Hacienda Pública
Bloque
Organización de la Hacienda Pública y Derecho Tributario
Tema
Tema 5.
Epígrafe
La aplicación de los tributos: Información y asistencia. La colaboración social. Las tecnologías informáticas y telemáticas.
Preguntada en la convocatoria de:
(2024-04-20 - OEP 2023) Examen Oficial Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado, especialidad de Agentes de la Hacienda Pública

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