Tal y como establece el artículo 19 del Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Aplicación de los Tributos, los españoles residentes en el extranjero, no obligados a disponer de DNI, cuando vayan a realizar o participar en operaciones de naturaleza tributaria, podrán solicitar de la Administración Tributaria la asignación de un número de identificación fiscal que estará configurado de la siguiente forma:

Respuestas
  • ALa letra K, siete caracteres alfanuméricos y un carácter de verificación alfabético.
  • BLa letra M, siete caracteres alfanuméricos y un carácter de verificación alfabético.
  • CLa letra N, siete caracteres alfanuméricos y un carácter de verificación alfabético.
  • DLa letra L, siete caracteres alfanuméricos y un carácter de verificación alfabético.
Oposición
Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado, especialidad de Agentes de la Hacienda Pública
Bloque
Organización de la Hacienda Pública y Derecho Tributario
Tema
Tema 6.
Epígrafe
Las obligaciones formales de los contribuyentes: Libros registros y facturas. La gestión censal. El Número de Identificación Fiscal.
Preguntada en la convocatoria de:
(2024-04-20 - OEP 2023) Examen Oficial Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado, especialidad de Agentes de la Hacienda Pública

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