Conforme al artículo 164.1 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, en caso de concurrencia del procedimiento de apremio para la recaudación de los tributos con otros procedimientos singulares de ejecución:

Respuestas
  • AEl procedimiento de apremio será siempre preferente.
  • BEl procedimiento de apremio será preferente si el embargo efectuado en el curso del mismo fuera el más antiguo.
  • CEl procedimiento de apremio será preferente si la providencia de apremio dictada en el curso del mismo fuera la más antigua.
  • DEl procedimiento de apremio será preferente, siempre que el importe del crédito perseguido en el mismo fuera el mayor.
Oposición
Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado, especialidad de Agentes de la Hacienda Pública
Bloque
Organización de la Hacienda Pública y Derecho Tributario
Tema
Tema 13.
Epígrafe
El procedimiento de recaudación en período voluntario. La recaudación en período ejecutivo. Inicio. Efectos. Recargos del período ejecutivo. Procedimiento de apremio: características, concurrencia y suspensión del procedimiento. Providencia de apremio: concepto, motivos de impugnación, plazos de ingreso. Las garantías de la deuda tributaria: tipos y ejecución de garantías.
Preguntada en la convocatoria de:
(2023-04-22 - OEP 2022) Examen Oficial Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado, especialidad de Agentes de la Hacienda Pública

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