De conformidad con el artículo 15 del Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación, aprobado por Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre, la expedición de la factura rectificativa deberá efectuarse tan pronto como el obligado a expedirla tenga constancia de las circunstancias que obligan a su expedición, siempre que no hubiese/n transcurrido:

Respuestas
  • AUn año a partir del momento en que se expidió la factura o, en su caso, se produjeron las circunstancias a que se refiere el artículo 80 de la Ley del IVA.
  • BDoce meses a partir del momento en que se produjo la repercusión del IVA o, en su caso, se produjeron las circunstancias a que se refiere el artículo 80 de la Ley del IVA.
  • CCuatro años a partir del momento en que se devengó el IVA o, en su caso, se produjeron las circunstancias a que se refiere el artículo 80 de la Ley del IVA.
  • DSeis meses a partir del momento en que los bienes se pusieron a disposición del cliente o finalizó el servicio o, en su caso, se produjeron las circunstancias a que se refiere el artículo 80 de la Ley del IVA.
Oposición
Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado, especialidad de Agentes de la Hacienda Pública
Bloque
Organización de la Hacienda Pública y Derecho Tributario
Tema
Tema 6.
Epígrafe
Las obligaciones formales de los contribuyentes: Libros registros y facturas. La gestión censal. El Número de Identificación Fiscal.
Preguntada en la convocatoria de:
(2023-04-22 - OEP 2022) Examen Oficial Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado, especialidad de Agentes de la Hacienda Pública

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