El IV Convenio Único para el personal laboral al servicio de la Administración General del Estado es de aplicación al personal laboral de la Administración General del Estado y sus organismos autónomos. Además, se incluye en el ámbito de aplicación de ese Convenio colectivo a:

Respuestas
  • AEl personal laboral que presta servicios en el exterior.
  • BEl personal de alta dirección contemplado en el artículo 2.1.a) del TREBEP y demás normas legales de aplicación.
  • CEl profesorado de religión contemplado en el Convenio entre la Santa Sede y el Estado Español, la Federación de Entidades Religiosas Evangélicas de España, la Federación de Comunidades Israelitas de España, la Comisión Islámica de España y, en su caso, a las que en un futuro puedan suscribirse con otras confesiones religiosas.
  • DEl personal laboral que presta servicios en el Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía.
Oposición
Cuerpo de Gestión de la Administración Civil del Estado
Bloque
Administración de recursos humanos
Tema
Tema 7.
Epígrafe
El personal laboral al servicio de las Administraciones públicas: su régimen jurídico. El IV Convenio Único para el personal laboral al servicio de la Administración General del Estado: ámbito de aplicación y sistema de clasificación.
Preguntada en la convocatoria de:
(2021-12-03 - OEP 2019 (Ext.)) Examen Oficial Cuerpo de Gestión de la Administración Civil del Estado

Preguntas similares

1. ¿Cuál de los siguientes colectivos está incluido en el ámbito de aplicación del IV Convenio colectivo único para el personal laboral de la Administración General del Estado?
Cuerpo de Gestión de la Administración Civil del EstadoVer detalles
  • AEl personal laboral que presta servicios en el exterior
  • BEl personal de alta dirección contemplado en el artículo 2.1.a) del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y demás normas legales de aplicación
  • CEl personal cuya relación de servicios se derive de un contrato regulado por la normativa de contratación administrativa o aquél incluido en los instrumentos excluidos por la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público
  • DEl personal de la Administración de Justicia no transferida

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