En el supuesto de que haya de realizarse con cargo al Presupuesto del Estado algún gasto que no pueda demorarse hasta el ejercicio siguiente, y no exista crédito adecuado y su dotación no resulte posible a través de las restantes figuras previstas en el artículo 51 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, deberá procederse a la tramitación de:

Respuestas
  • AUn suplemento de crédito.
  • BUna ampliación de crédito.
  • CUn anticipo de tesorería.
  • DUn crédito extraordinario.
Oposición
Cuerpo de Gestión de la Administración Civil del Estado
Bloque
Gestión financiera y Seguridad Social
Tema
Tema 3.
Epígrafe
Gastos plurianuales. Modificaciones de los créditos iniciales. Transferencias de crédito. Créditos extraordinarios. Suplementos de crédito. Ampliaciones de créditos. Incorporaciones de créditos. Generaciones de créditos.
Preguntada en la convocatoria de:
(2019-10-19 - OEP 2018) Examen Oficial Cuerpo de Gestión de la Administración Civil del Estado

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