El año judicial, período ordinario de actividad de los Tribunales, se extenderá, de conformidad con lo dispuesto en la LOPJ:

Respuestas
  • ADesde el 1 de Octubre, o el día siguiente hábil, hasta el 31 de Julio de cada año natural.
  • BDesde el 1 de Septiembre, o el día siguiente hábil, hasta el 31 de Julio de cada año natural.
  • CDesde el 2 de Enero, o el día siguiente hábil, hasta el 22 de Diciembre de cada año natural.
  • DEl año judicial, período ordinario de actividad de los Tribunales, comprende 365 días al año, sin perjuicio del mes de Julio que es inhábil, y de las guardias establecidas
Oposición
Cuerpo de Gestión de la Administración Civil del Estado
Bloque
Organización del Estado y de la Administración Pública
Tema
Tema 7.
Epígrafe
El Poder Judicial. El principio de unidad jurisdiccional. El Consejo General del Poder Judicial. La organización judicial española.
Preguntada en la convocatoria de:
(2018-05-18 - OEP 2017) Examen Oficial Cuerpo de Gestión de la Administración Civil del Estado

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