El tiempo destinado a la realización de cursos de formación dirigidos a la capacitación profesional o a la adaptación a las exigencias de los puestos de trabajo, programados por los diferentes promotores previstos en los correspondientes Acuerdos de Formación para el empleo, así como los organizados por los distintos órganos de la Administración General del Estado, tendrán la consideración de:

Respuestas
  • ATiempo de trabajo a los solos efectos del cómputo de dicho periodo para la concesión de otros permisos y licencias y de las vacaciones, con el fin de que el disfrute de los mismos no se vea afectado por el ejercicio del derecho a la formación profesional-administrativa
  • BTiempo de trabajo a todos los efectos, cuando los cursos se celebren en el horario fijo de presencia en el puesto, que será de 9.00 a 14.30 de lunes a viernes
  • CTiempo de trabajo a todos los efectos, cuando los cursos se celebren dentro del horario de trabajo y así lo permitan las necesidades del servicio
  • DTiempo de trabajo a todos los efectos, no pudiendo ser desestimado por necesidades del servicio al tratarse de un derecho individual del empleado público
Oposición
Cuerpo de Gestión de la Administración Civil del Estado
Bloque
Administración de recursos humanos
Tema
Tema 2.
Epígrafe
Derechos y deberes del personal al servicio de las Administraciones Públicas. Régimen disciplinario.
Preguntada en la convocatoria de:
(2017-02-25 - OEP 2016) Examen Oficial Cuerpo de Gestión de la Administración Civil del Estado

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