¿Qué informe es preceptivo para los procedimientos de responsabilidad patrimonial por funcionamiento anormal de la Administración de Justicia, según el artículo 81.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas?

Respuestas
  • AEl del Consejo de Estado
  • BEl de la Abogacía del Estado
  • CEl del Consejo General del Poder Judicial
  • DEl de la Secretaría General Técnica del Ministerio de Justicia
Oposición
Cuerpo de Gestión de la Administración Civil del Estado
Bloque
Derecho administrativo general
Tema
Tema 10.
Epígrafe
La responsabilidad patrimonial de las Administraciones públicas. Procedimiento de responsabilidad patrimonial.
Preguntada en la convocatoria de:
(2024-12-14 - OEP 2023/2024) Examen Oficial Cuerpo de Gestión de la Administración Civil del Estado

Preguntas similares

1. Según el artículo 81 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, en el caso de reclamaciones en materia de responsabilidad patrimonial del Estado por el funcionamiento anormal de la Administración de Justicia, será preceptivo el informe del Consejo General del Poder Judicial que será evacuado en el plazo máximo de:
Cuerpo de Gestión de la Administración Civil del EstadoVer detalles
  • A1 mes.
  • B2 meses.
  • C3 meses.
  • D6 meses.

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