De acuerdo con el artículo 570 Bis, de la Ley Orgánica del Poder Judicial 6/1985, cuando, por no haberse producido su renovación en el plazo legalmente previsto, el Consejo General del Poder Judicial entre en funciones según lo previsto en el apartado 2 del artículo 570, dicho consejo no podrá:

Respuestas
  • ASer oído por el Gobierno antes del nombramiento del Fiscal General del Estado.
  • BAprobar la relación de puestos de trabajo del personal funcionario a su servicio
  • CColaborar con la Autoridad de Control en materia de protección de datos en el ámbito de la Administración de Justicia.
  • DInterponer el conflicto de atribuciones entre órganos constitucionales del Estado
Oposición
Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado
Bloque
Organización del Estado y de la Administración pública
Tema
Tema 4.
Epígrafe
El Poder Judicial. El Consejo General del Poder Judicial. El Tribunal Supremo. La organización judicial española.
Ley
Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial

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