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NO es un medio coercitivo previsto en el artículo 72 del Reglamento Penitenciario:

Respuestas
  • AEl aislamiento provisional
  • BLas correas de sujeción mecánicas
  • CLa Fuerza Física Personal
  • DLas Defensas de Gomas
Oposición
Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias
Bloque
Derecho Penitenciario
Tema
Tema 6. El Régimen Penitenciario (2). La seguridad en los Establecimientos Penitenciarios. La seguridad exterior: Competencia y fines. La seguridad interior: Principios generales, medidas preventivas y medidas de control. Los medios coercitivos y su aplicación
Ley
Real Decreto 190/1996, de 9 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento Penitenciario

Preguntas similares

1. La utilización de los medios coercitivos previstos en el artículo 72 del Reglamento Penitenciario, requiere:
Cuerpo de Ayudantes de Instituciones PenitenciariasVer detalles
  • AEn todo caso, la autorización previa del Director
  • BEn los casos de urgencia, la autorización previa del Jefe de Servicios
  • CLa concurrencia de alguno de los supuestos de aplicación previstos en la Ley Orgánica General Penitenciaria
  • DLa comisión por parte del interno, de una falta disciplinaria

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