ASe determinará mediante la aplicación al haber regulador que sirva de base para el cálculo de la correspondiente pensión de jubilación o retiro, reducido en su caso, del tipo porcentual del 1,93% o 3,86% si se tratase de personal militar profesional que no sea de carrera o personal militar de las escalas de complemento o reserva naval y no tengan cubierto el periodo de carencia para pensión ordinaria de retiro.
BSe determinará mediante la aplicación al haber regulador que sirva de base para el cálculo de la correspondiente pensión de jubilación o retiro, reducido en su caso, del tipo porcentual del 3,86% o 1,93% si se tratase de personal militar profesional que no sea de carrera o personal militar de las escalas de complemento o reserva naval y no tengan cubierto el periodo de carencia para pensión ordinaria de retiro.
CSe determinará mediante la aplicación al haber regulador que sirva de base para el cálculo de la correspondiente pensión de jubilación o retiro, reducido en su caso, del tipo porcentual del 3,68% o 1,90% si se tratase de personal militar profesional que no sea de carrera o personal militar de las escalas de complemento o reserva naval y no tengan cubierto el periodo de carencia para pensión ordinaria de retiro.
DSe determinará mediante la aplicación al haber regulador que sirva de base para el cálculo de la correspondiente pensión de jubilación o retiro, reducido en su caso, del tipo porcentual del 3% o 1% si se tratase de personal militar profesional que no sea de carrera o personal militar de las escalas de complemento o reserva naval y no tengan cubierto el periodo de carencia para pensión ordinaria de retiro.