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Según el artículo 212.3 RP96, los internos podrán solicitar a su costa servicios médicos privados de profesionales ajenos a Instituciones Penitenciarias. La solicitud será aprobada por:

Respuestas
  • AEl Director del Establecimiento
  • BEl Director del Establecimiento, previo informe del médico
  • CEl Centro Directivo
  • DEl Centro Directivo, previo informe del médico
Oposición
Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias
Bloque
Derecho Penitenciario
Tema
Tema 4. Prestaciones de la Administración Penitenciaria. Asistencia sanitaria. Higiene y alimentación. Asistencia religiosa. Acción Social Penitenciaria
Ley
Real Decreto 190/1996, de 9 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento Penitenciario

Preguntas similares

1. De acuerdo con el artículo 212.3 del Real Decreto 190/1996, de 9 de febrero, los internos podrán solicitar a su costa servicios médicos privados de profesionales ajenos a Instituciones Penitenciarias. La solicitud será aprobada por:
Cuerpo de Ayudantes de Instituciones PenitenciariasVer detalles
  • AEl Consejo de Dirección.
  • BEl Juez de Vigilancia Penitenciaria.
  • CLa Junta de Tratamiento.
  • DEl Centro Directivo.
2. Conforme indica el artículo 212 del Reglamento Penitenciario, los internos podrán solicitar a su costa servicios médicos privados de profesionales ajenos a Instituciones Penitenciarias y esta solicitud deberá ser:
Cuerpo de Ayudantes de Instituciones PenitenciariasVer detalles
  • APuesta en conocimiento de la autoridad judicial competente, salvo cuando razones de seguridad aconsejen limitar este derecho.
  • BAutorizada por el Director, salvo cuando razones de seguridad aconsejen limitar este derecho.
  • CAutorizada por el Centro de Dirección, salvo cuando razones de seguridad aconsejen limitar ese derecho.
  • DAprobada por el Centro Directivo, salvo cuando razones de seguridad aconsejen limitar este derecho.

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