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Corresponde a la persona titular del Ministerio del Interior conforme el Real Decreto 207/2024, de 27 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio del Interior:

Respuestas
  • ALa dirección de todos los servicios del Departamento, el mando superior de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, la dirección de las competencias del Ministerio en materia de Administración Penitenciaria y las demás funciones señaladas en el artículo 61 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, así como las que le sean atribuidas por otras leyes o normas especiales.
  • BLa supervisión de todos los servicios del Departamento, el mando superior de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, la dirección de las competencias del Ministerio en materia de Administración Penitenciaria y las demás funciones señaladas en el artículo 62 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, así como las que le sean atribuidas por otras leyes o normas especiales.
  • CLa dirección de todos los servicios del Departamento, el mando superior de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, la dirección de las competencias del Ministerio en materia de Administración Penitenciaria y Militar y las demás funciones señaladas en el artículo 61 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, así como las que le sean atribuidas por otras leyes o normas especiales.
  • DNinguna es correcta.
Oposición
Cuerpo Superior de Técnicos de Instituciones Penitenciarias
Bloque
Organización del Estado, Unión Europea y Función Pública
Tema
Tema 9. El Ministerio del Interior: Estructura orgánica. Secretaría General de Instituciones Penitenciarias: Organización y competencias. Entidad Estatal de Derecho Público Trabajo Penitenciario y Formación para el Empleo
Ley
Real Decreto 207/2024, de 27 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio del Interior.

Preguntas similares

1. Conforme el Real Decreto 207/2024, de 27 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio del Interior, corresponde al Ministerio del Interior:
Cuerpo Superior de Técnicos de Instituciones PenitenciariasVer detalles
  • ALa propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia de seguridad ciudadana.
  • BLas competencias que le encomienda la legislación sobre seguridad privada.
  • CLas que le atribuye la legislación en materia de extranjería.
  • DTodas son correctas.
2. No corresponde al Ministerio del Interior según el artículo 1 del Real Decreto 207/2024, de 27 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio del Interior:
Cuerpo Superior de Técnicos de Instituciones PenitenciariasVer detalles
  • ALa realización de las actuaciones necesarias para el desarrollo de los procesos electorales.
  • BEl régimen de protección internacional, de apatridia, y de protección de personas desplazadas.
  • CEl mando superior y la dirección y coordinación de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.
  • DLa limitación de las condiciones para el ejercicio de los derechos fundamentales, en particular, la libertad y seguridad personales.
3. Corresponde a la Subdirección General de Recursos Humanos conforme lo dispuesto en el Real Decreto 207/2024, de 27 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio del Interior:
Cuerpo Superior de Técnicos de Instituciones PenitenciariasVer detalles
  • ALa ordenación de los recursos humanos y la administración y dirección del personal que preste servicio en los centros y servicios dependientes de la Secretaría General.
  • BLa elaboración de previsiones de necesidades de personal y gasto para atenderlas, la elaboración y propuesta de modificación de las relaciones de puestos de trabajo, así como la realización de las actuaciones administrativas necesarias para posibilitar la selección del personal y la provisión de puestos de trabajo. Esta labor se llevará a cabo de modo coordinado con la Dirección General de Ejecución Penal y Reinserción Social.
  • CLa formación y perfeccionamiento del personal perteneciente a los Cuerpos Penitenciarios adscritos a la Secretaría General.
  • DEl seguimiento y evaluación de los resultados de las actividades penitenciarias que conlleva la ejecución penal.
4. No le corresponde a la Subdirección General de Análisis e Inspección, según el Real Decreto 207/2024, de 27 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio del Interior:
Cuerpo Superior de Técnicos de Instituciones PenitenciariasVer detalles
  • ALa tramitación de las informaciones reservadas y de los expedientes disciplinarios incoados a los funcionarios y personal laboral destinados en todas sus Unidades.
  • BLa atención y resolución de las quejas y reclamaciones de los internos relativos al funcionamiento y actuación de los servicios penitenciarios.
  • CLa ejecución del presupuesto de gastos y la preparación y tramitación de los expedientes de contratación que sean de la competencia de la Secretaría General.
  • DEl seguimiento y evaluación de los resultados de las actividades penitenciarias que conlleva la ejecución penal.
5. Conforme la Disposición adicional quinta del Real Decreto 207/2024, de 27 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio del Interior, en los casos de vacante, ausencia o enfermedad de la personal titular de la Secretaría de Estado de Seguridad corresponderá su suplencia:
Cuerpo Superior de Técnicos de Instituciones PenitenciariasVer detalles
  • AA las personas titulares de sus Direcciones Generales, por el orden en que aparecen citados en la estructura establecida en este real decreto.
  • BA los directores generales o a los subdirectores generales por el orden en que aparecen mencionados en este real decreto.
  • CA las personas titulares de sus Subdirecciones Generales, por el orden en que aparecen citados en la estructura establecida en este real decreto.
  • DA los directores generales o a los subdirectores generales por el orden en que aparecen mencionados en la legislación correspondiente.

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