2024-06-11
Modificación de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal
Ayer se aprobó la Ley Orgánica 1/2024, de 10 de junio, de amnistía para la normalización institucional, política y social en Cataluña, dónde se modifica la ley 10/1995.
Como siempre, os traemos las modificaciones de la ley para que estéis al tanto de ellas.
Artículo 130
Se modifica el apartado 1 del artículo 130 del Código Penal, que queda redactado con el siguiente tenor:
«1. La responsabilidad criminal se extingue:
1.º Por la muerte del reo.
2.º Por el cumplimiento de la condena.
3.º Por la remisión definitiva de la pena, conforme a lo dispuesto en los apartados 1 y 2 del artículo 87.
4.º Por la amnistía o el indulto.
5.º Por el perdón de la persona ofendida, cuando se trate de delitos leves perseguibles a instancias de la persona agraviada o la ley así lo prevea. El perdón habrá de ser otorgado de forma expresa antes de que se haya dictado sentencia, a cuyo efecto la autoridad judicial sentenciadora deberá oír a la persona ofendida por el delito antes de dictarla.
En los delitos cometidos contra personas menores de edad o personas con discapacidad necesitadas de especial protección que afecten a bienes jurídicos eminentemente personales, el perdón de la persona ofendida no extingue la responsabilidad criminal.
6.º Por la prescripción del delito.
7.º Por la prescripción de la pena o de la medida de seguridad.»
Esta ley afecta a los siguientes temas:
- Cuerpo Superior de Técnicos de Instituciones Penitenciarias - Derecho Penal - Tema 15
- Cuerpo Especial de Instituciones Penitenciarias - Derecho Penal - Tema 39
- Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias - Derecho Penal - Tema 4